XVII.1o.P.A.23 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Penal
RECURSO DE APELACIÓN EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA. SI EL INCULPADO OPTÓ POR EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO Y AL INTERPONERLO CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA, MANIFESTÓ EXPRESAMENTE QUE LO HACÍA ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE CONTRA LA NEGATIVA DEL BENEFICIO DE LA CONDENA CONDICIONAL, ES LEGAL QUE LA SALA DEL CONOCIMIENTO OMITA EL ANÁLISIS DEL DELITO Y LA PLENA RESPONSABILIDAD DE AQUÉL EN SU COMISIÓN.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 23, Octubre de 2015; Tomo IV; Pág. 4079
Si el inculpado optó por el procedimiento abreviado y al interponer el recurso de apelación contra la sentencia definitiva manifestó expresamente que lo hacía única y exclusivamente contra la negativa del beneficio de la condena condicional, previsto en el artículo 86 del Código Penal del Estado de Chihuahua, es legal que la Sala del conocimiento omita el análisis de los tópicos relativos al delito y a la plena responsabilidad del inculpado en su comisión. Lo anterior, porque al existir pronunciamiento expreso del inconforme, en el sentido de que la materia de la mencionada apelación se concentre en la legalidad o ilegalidad de la negativa del beneficio mencionado, es claro que con ello quedó delimitada la litis en el recurso de que se trata.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 153/2015. 14 de julio de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Marta Olivia Tello Acuña. Secretaria: Claudia Carolina Monsiváis de León.
Amparo directo 151/2015. 14 de agosto de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: José Martín Hernández Simental. Secretaria: María de la Luz Garza Ríos.