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XXII.P.A.1 CS (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Constitucional

SENTENCIAS CONSTITUCIONALES. PARA DETERMINAR CUÁLES SON SUS EFECTOS, ES NECESARIO TENER EN CUENTA, DE FORMA CASUÍSTICA, QUÉ TIPO DE ACTO ES EL RECLAMADO Y CUÁLES SON LAS CIRCUNSTANCIAS NORMATIVAS QUE LO RODEAN, YA QUE DEPENDIENDO DE LAS CONSECUENCIAS QUE IMPLIQUE CADA ACTO, LOS ALCANCES DE AQUÉLLAS DEBERÁN VARIAR EN CADA CASO CONCRETO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Septiembre de 2016; Tomo IV; Pág. 3010

Precedentes

Recurso de inconformidad 5/2016. 7 de abril de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Rodríguez Pérez. Secretario: Ramsés Samael Montoya Camarena. Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa aislada 1a. XXXII/2014 (10a.), de título y subtítulo: "SENTENCIAS DE AMPARO. LOS EFECTOS ESTÁN DETERMINADOS POR LA VIOLACIÓN AL DERECHO FUNDAMENTAL DE CADA CASO EN CONCRETO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 7 de febrero de 2014 a las 11:16 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 3, Tomo I, febrero de 2014, página 686.

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