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I.3o.C.270 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

CONCURSO MERCANTIL. SI UN ACREEDOR NO RECONOCIDO PROMUEVE EL RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO, GRADUACIÓN Y PRELACIÓN DE CRÉDITOS, TAMBIÉN TIENE LEGITIMACIÓN PARA RECURRIR LA SENTENCIA DE TERMINACIÓN DE AQUÉL (INTERPERTACIÓN SISTEMÁTICA DE LOS ARTÍCULOS 143, 233 Y 266 DE LA LEY DE LA MATERIA).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 43, Junio de 2017; Tomo IV; Pág. 2884

Precedentes

Amparo en revisión 147/2016. Procuraduría Federal del Consumidor. 13 de julio de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Paula María García Villegas Sánchez Cordero. Secretario: Mariano Suárez Reyes.

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