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PC.I.C. J/54 K (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún

REMATE. PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE LO DESAPRUEBA.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 48, Noviembre de 2017; Tomo II; Pág. 1317

Precedentes

Contradicción de tesis 8/2017. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero, Tercero, Sexto y Décimo Tercero, todos en Materia Civil del Primer Circuito. 19 de septiembre de 2017. Mayoría de trece votos de los Magistrados Marco Antonio Rodríguez Barajas, con salvedad en las consideraciones, Alejandro Villagómez Gordillo, Paula María García Villegas Sánchez Cordero, Leonel Castillo González, Walter Arellano Hobelsberger, con salvedad en las consideraciones, Ismael Hernández Flores, Fernando Alberto Casasola Mendoza, con salvedad en las consideraciones, Abraham Sergio Marcos Valdés, quien formuló voto concurrente, Irma Rodríguez Franco, Gonzalo Arredondo Jiménez, Daniel Horacio Escudero Contreras, con salvedad en las consideraciones, Benito Alva Zenteno y Gonzalo Hernández Cervantes, en cuanto al fondo del asunto. Disidente: Víctor Hugo Díaz Arellano, quien estima que la desaprobación del remate no es la última resolución dictada en ese procedimiento, porque no ordena en forma definitiva la escrituración y entrega del bien, en términos del artículo 107, fracción IV, de la Ley de Amparo. Los Magistrados Marco Antonio Rodríguez Barajas y Fernando Alberto Casasola Mendoza se adhieren a la salvedad formulada por el Magistrado Walter Arellano Hobelsberger. Por mayoría de once votos de los Magistrados Marco Antonio Rodríguez Barajas, Alejandro Villagómez Gordillo, Paula María García Villegas Sánchez Cordero, Leonel Castillo González, Walter Arellano Hobelsberger, Ismael Hernández Flores, Fernando Alberto Casasola Mendoza, Abraham Sergio Marcos Valdés, Gonzalo Arredondo Jiménez, Daniel Horacio Escudero Contreras y Gonzalo Hernández Cervantes, en cuanto a la propuesta del Magistrado ponente de agregar al engrose que el único caso en que el procedimiento no aprobado sigue teniendo las bases originales, será cuando la resolución que desaprueba un remate, expresamente ordene su reposición, a partir de determinada etapa. Disidentes: Irma Rodríguez Franco y Benito Alva Zenteno. Ponente: Leonel Castillo González. Secretaria: María Elena Corral Goyeneche. Tesis y criterios contendientes: Tesis I.13o.C.16 C (10a.), de título y subtítulo: "REMATE. CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE LO DESAPRUEBA, POR SER AUTÓNOMA Y AJENA A LA COSA JUZGADA, PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO [MODIFICACIÓN DEL CRITERIO SOSTENIDO EN LA TESIS I.13o.C.7 K (10a.)].", aprobada por el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 17 de abril de 2015 a las 9:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 17, Tomo II, abril de 2015, página 1827, y El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver la queja 150/2014, el sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver la queja 39/2017 y el diverso sustentado por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el amparo en revisión 48/2017.

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