Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
I.11o.C.27 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

NOTIFICACIONES EN EL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO POR UN QUEJOSO PRIVADO DE SU LIBERTAD. SIN IMPORTAR LA MATERIA, DEBEN REALIZARSE PERSONALMENTE TODAS LAS DETERMINACIONES EMITIDAS DURANTE SU TRAMITACIÓN.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Marzo de 2018; Tomo IV; Pág. 3424

Precedentes

Amparo en revisión 324/2016. Adalberto Ochoa Lara. 29 de junio de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Irma Rodríguez Franco. Secretario: Ivar Langle Gómez. Nota: Por ejecutoria del 16 de noviembre de 2022, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de criterios 283/2022, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "las conclusiones diferenciadas de los órganos colegiados contendientes atienden a las especificidades de los asuntos que respectivamente les correspondió revisar, los cuales no involucran una problemática similar".

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia común