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PC.III.L. J/25 L (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoLaboral

COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. CUANDO SUS TRABAJADORES DEMANDAN EL PAGO DE VACACIONES Y PRIMA VACACIONAL CONJUNTAMENTE CON EL RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD GENERAL DE EMPRESA, NO OPERA LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN RESPECTO DE AQUÉLLAS.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Marzo de 2018; Tomo II; Pág. 1771

Precedentes

Contradicción de tesis 2/2017. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito y el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco. 8 de diciembre de 2017. Mayoría de cuatro votos de las Magistradas Elba Sánchez Pozos y Gabriela Guadalupe Huízar Flores, así como de los Magistrados Gabriel Montes Alcaraz y Miguel Lobato Martínez. Disidente: Arturo Cedillo Orozco. Ponente: Gabriel Montes Alcaraz. Secretario: Jaime Emmanuel Cornejo Pérez. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver los amparos directos 583/2016, 772/2016 y 859/2016, y el diverso sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, al resolver el amparo directo 1268/2015 (expediente auxiliar 195/2016). Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 2/2017, resuelta por el Pleno en Materia de Trabajo del Tercer Circuito.

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