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I.8o.C.51 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER. CONSTITUYE UNA FACULTAD DE LAS AUTORIDADES DE INSTANCIA Y NO UNA OBLIGACION.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Agosto de 1996; Pág. 665

Precedentes

Amparo directo 141/96. Luis Palos Macías. 20 de junio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: María Concepción Alonso Flores.