2a./J. 64/2018 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Común
CONFLICTO COMPETENCIAL. EXCEPCIÓN A SU INEXISTENCIA CUANDO LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO SE NIEGAN A CONOCER DE UN ASUNTO POR RAZÓN DE TURNO Y/O CONOCIMIENTO PREVIO.
[J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 55, Junio de 2018; Tomo II; Pág. 999
De conformidad con el criterio contenido en la jurisprudencia 2a./J. 115/2011, (*) en los casos en que dos o más Tribunales Colegiados se nieguen a conocer de un asunto por razón de turno y/o conocimiento previo, sin que alguno de éstos exponga un argumento relativo a cuestiones propiamente competenciales (grado, materia o territorio), se estará en presencia de un problema o conflicto de turno que debe ser resuelto por el Consejo de la Judicatura Federal, y no así de un conflicto competencial que en términos de lo previsto por los artículos 106 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 48 bis de la Ley de Amparo, deba ser resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, cuando un Tribunal Colegiado de Circuito se niegue a conocer de un asunto porque otro tuvo conocimiento previo de éste y el órgano contendiente también se niegue a resolverlo, pero aduciendo argumentos relativos a cuestiones propiamente competenciales, debe considerarse existente el conflicto competencial y declararse competente al órgano jurisdiccional que tuvo conocimiento previo, en aras de favorecer el conocimiento adquirido con anterioridad, para evitar que existan sentencias contradictorias y preservar los derechos fundamentales reconocidos por el artículo 17 de la Norma Suprema, dando mayor celeridad a la impartición de justicia.
SEGUNDA SALA
Precedentes
Conflicto competencial 53/2018. Suscitado entre el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo, y el Segundo Tribunal Colegiado, ambos del Décimo Quinto Circuito. 18 de abril de 2018. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora I. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Eduardo Medina Mora I. Secretario: Juvenal Carbajal Díaz.
Conflicto competencial 75/2018. Suscitado entre el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo, y el Segundo Tribunal Colegiado, ambos del Décimo Quinto Circuito. 18 de abril de 2018. Cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora I. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Eduardo Medina Mora I. Secretario: Juvenal Carbajal Díaz.
Conflicto competencial 82/2018. Suscitado entre el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo, y el Segundo Tribunal Colegiado, ambos del Décimo Quinto Circuito. 18 de abril de 2018. Cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora I. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Eduardo Medina Mora I. Secretario: Juvenal Carbajal Díaz.
Conflicto competencial 26/2018. Suscitado entre el Segundo Tribunal Colegiado y el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, ambos del Décimo Séptimo Circuito. 18 de abril de 2018. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora I. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretaria: Elizabeth Miranda Flores.
Conflicto competencial 83/2018. Suscitado entre el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo, y el Primer Tribunal Colegiado, ambos del Décimo Quinto Circuito. 25 de abril de 2018. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretaria: Michelle Lowenberg López.
Tesis de jurisprudencia 64/2018 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta de mayo de dos mil dieciocho.