I.16o.T.11 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común
AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA EL EMPLAZAMIENTO, CUANDO DEL INFORME JUSTIFICADO SE ADVIERTEN NUEVOS DATOS QUE NO ERAN CONOCIDOS POR EL QUEJOSO, AUNQUE NO SE TRATE DE UN NUEVO ACTO, SINO DEL MISMO.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 62, Enero de 2019; Tomo IV; Pág. 2305
Cuando en un juicio de amparo indirecto promovido por un tercero extraño a juicio por equiparación contra el emplazamiento, del informe justificado rendido por el actuario adscrito a la autoridad responsable, se adviertan nuevos datos que no eran conocidos por el quejoso, aunque no se trate de un nuevo acto, sino del mismo, el Juez de Distrito debe notificárselos y requerirlo para que si lo estima conveniente amplíe su demanda; ello porque debe existir evidencia de que el interesado realmente se impuso de esos actos, ya que de esto dependerá si está en condiciones de controvertirlos. Lo anterior es así, pues el quejoso puede ampliar su demanda, formulando nuevos conceptos de violación contra los actos de autoridad que considere violatorios de sus derechos y, para su cómputo, es necesario tener certeza sobre la fecha en que los conoció, pues será a partir de ésta que esté en posibilidad de impugnarlos, en tanto que es hasta que está plenamente enterado del acto, que puede decidir si le agravia y preparar los argumentos en su contra pues, de no actuar así, se violan las normas del procedimiento, por lo que el tribunal debe ordenar su reposición y respetar el término para la ampliación, de conformidad con el artículo 93, fracción IV, de la Ley de Amparo.
DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 55/2018. Victoria Margarita Cárdenas Zepeda. 24 de agosto de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Pérez Pérez. Secretario: Juan de Dios González-Pliego Ameneyro.