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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/201985

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 28 de mayo de 1997, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 84/96 en que participó el presente criterio. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, noviembre de 2001, página 7, tesis por contradicción 1a./J. 56/2001 de rubro " AMPARO INDIRECTO. PUEDE PROMOVERSE EN CUALQUIER TIEMPO CUANDO SE RECLAMA LA NEGATIVA A TRAMITAR O A OTORGAR LOS BENEFICIOS PARA SUSPENDER LA EJECUCIÓN DE LA PENA IMPUESTA POR AUTORIDAD JUDICIAL .".

IV.2o.12 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
201985
Clave de tesis
IV.2o.12 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Junio de 1996; Pág. 776

AMPARO EN MATERIA PENAL. DEBE PROMOVERSE DENTRO DEL TERMINO DE QUINCE DIAS CUANDO SE RECLAMA LA RESOLUCION RECAIDA A UN INCIDENTE SOBRE SUSTITUCION DE LA PENA DE PRISION POR UNA MEDIDA DE SEGURIDAD.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Junio de 1996; Pág. 776

Precedentes

Amparo en revisión 79/96. Juan Ernesto Orozco Cantú. 8 de mayo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Juan Antonio Ramos Padilla. Nota: Por ejecutoria de fecha 28 de mayo de 1997, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 84/96 en que participó el presente criterio. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, noviembre de 2001, página 7, tesis por contradicción 1a./J. 56/2001 de rubro " AMPARO INDIRECTO. PUEDE PROMOVERSE EN CUALQUIER TIEMPO CUANDO SE RECLAMA LA NEGATIVA A TRAMITAR O A OTORGAR LOS BENEFICIOS PARA SUSPENDER LA EJECUCIÓN DE LA PENA IMPUESTA POR AUTORIDAD JUDICIAL .".

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