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2a./J. 90/2019 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

PRUEBAS EN EL JUICIO LABORAL. NO SE ACTUALIZA SU DESISTIMIENTO TÁCITO CUANDO LA FALTA DE SU DESAHOGO INTEGRAL FUE EXCLUSIVAMENTE IMPUTABLE A LA JUNTA LABORAL.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 68, Julio de 2019; Tomo II; Pág. 965

Precedentes

Contradicción de tesis 320/2018. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Décimo Tercero del Primer Circuito, Primero del Sexto Circuito y Segundo del Séptimo Circuito, todos en Materia de Trabajo. 15 de mayo de 2019. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Eduardo Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretaria: Mónica Jaimes Gaona. Tesis y criterio contendientes: Tesis VI.1o.T.26 L (10a.), de título y subtítulo: "DESISTIMIENTO TÁCITO DE PRUEBAS EN EL JUICIO LABORAL. NO SE ACTUALIZA CUANDO SU DESAHOGO CORRESPONDE A LA JUNTA.", aprobada por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 10 de agosto de 2018 a las 10:18 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 57, Tomo III, agosto de 2018, página 2688; y, Tesis I.13o.T.142 L (10a.), de título y subtítulo: "DESAHOGO DE PRUEBAS EN EL JUICIO LABORAL. SI EN EL TÉRMINO DE LA VISTA CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 885 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO NO SE HACEN VALER LAS VIOLACIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PROBATORIOS ADMITIDOS (DESISTIMIENTO DEL COTEJO Y CERTIFICACIÓN), PRECLUYE EL DERECHO PARA PLANTEARLAS.", aprobada por el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 19 de febrero de 2016 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 27, Tomo III, febrero de 2016, página 2062, y El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 6/2018. Tesis de jurisprudencia 90/2019 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del doce de junio de dos mil diecinueve.

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