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PC.XXVII. J/7 P (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún, Penal

DICTAMEN PERICIAL OFICIAL NO RATIFICADO. SU VALORACIÓN EN LA SENTENCIA DEFINITIVA CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN PROCESAL QUE DEBE SUBSANARSE CON LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO HASTA ANTES DEL CIERRE DE LA INSTRUCCIÓN (SISTEMA PENAL INQUISITORIO).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 71, Octubre de 2019; Tomo III; Pág. 2775

Precedentes

Contradicción de tesis 7/2018. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero, ambos del Vigésimo Séptimo Circuito. 30 de abril de 2019. Unanimidad de tres votos de los Magistrados Patricia Elia Cerros Domínguez, José Luis Zayas Roldán y Jorge Mercado Mejía. Ponente: Jorge Mercado Mejía. Secretaria: Dulce Guadalupe Canto Quintal. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 254/2018, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 67/2018.