VI.2o.66 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
ORDEN DE APREHENSION INFUNDADA E INMOTIVADA, LO ES LA QUE NO EXPRESA DISPOSICIONES LEGALES EN LAS QUE SE APOYA PARA OTORGAR VALOR PROBATORIO A LAS PRUEBAS QUE RESEÑA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Junio de 1996; Pág. 886
Si al emitir la orden de aprehensión reclamada, el Juez responsable no invoca las disposiciones legales por las que otorga valor probatorio a las pruebas reseñadas con base en las cuales tuvo por demostrados los elementos del tipo penal del delito por el que la dictó y menos expuso las razones, circunstancias o causas por las que esas pruebas justifican la existencia de tales elementos, es decir, omitió precisar en qué consistió la acción u omisión del quejoso, su forma de intervención, la realización dolosa de su conducta, las circunstancias de lugar, tiempo, modo y ocasión en que perpetró el delito imputado, es evidente que la orden de aprehensión reclamada es violatoria del artículo
16 constitucional
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SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 175/96. Florentino Montes Ramos. 2 de mayo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: María Eugenia Estela Martínez Cardiel. Secretario: José Carlos Rodríguez Navarro.