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II.3o.P.27 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

RECURSO DE RECLAMACIÓN. ES IMPROCEDENTE CONTRA EL ACUERDO DICTADO POR EL PRESIDENTE DE UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO QUE ORDENA EL EMPLAZAMIENTO DEL TERCERO INTERESADO POR EDICTOS.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 77, Agosto de 2020; Tomo VI; Pág. 6226

Precedentes

Recurso de reclamación 33/2019. 5 de diciembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Santibáñez Camarillo, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Samuel Yahir Hernández Méndez. Nota: La tesis de jurisprudencia P./J. 2/2019 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 1 de febrero de 2019 a las 10:03 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 63, Tomo I, febrero de 2019, página 11, con número de registro digital: 2019196. Este criterio ha integrado la jurisprudencia II.3o.P. J/1 K (11a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 2 de agosto de 2024 a las 10:10 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 40, Tomo I, Volumen 1, agosto de 2024, página 448, de rubro: “RECURSO DE RECLAMACIÓN EN AMPARO DIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONTRA EL ACUERDO DICTADO POR LA PERSONA PRESIDENTA DE UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO QUE ORDENA EMPLAZAR POR EDICTOS A LA TERCERA INTERESADA Y REQUIERE A LA QUEJOSA REALIZAR LAS GESTIONES NECESARIAS PARA PUBLICARLOS, CON EL APERCIBIMIENTO DE TENER POR NO PRESENTADA LA DEMANDA.” El criterio contenido en esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 69/2026, pendiente de resolverse por el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México.

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