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PC.I.C. J/104 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún

SUSPENSIÓN PROVISIONAL O DEFINITIVA. ES IMPROCEDENTE CONTRA LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DE LA LEY NACIONAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, AUN CUANDO SE IMPUGNE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LOS PRECEPTOS QUE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA GOZAR DE LA PRESUNCIÓN DE BUENA FE EN LA ADQUISICIÓN Y DESTINO LÍCITO DE BIENES, PUESTO QUE DICHA LEY NO ES AUTOAPLICATIVA, SINO QUE SE REQUIERE UN ACTO CONCRETO DE APLICACIÓN.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 79, Octubre de 2020; Tomo II; Pág. 1552

Precedentes

Contradicción de tesis 33/2019. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo, Sexto, Octavo y Noveno, todos en Materia Civil del Primer Circuito. 3 de marzo de 2020. Mayoría de trece votos de los Magistrados Ethel Lizette del Carmen Rodríguez Arcovedo, Marco Antonio Rodríguez Barajas, Víctor Francisco Mota Cienfuegos, Walter Arellano Hobelsberger, Ismael Hernández Flores, Fernando Alberto Casasola Mendoza, Víctor Hugo Díaz Arellano, Fernando Rangel Ramírez, Adalberto Eduardo Herrera González, José Rigoberto Dueñas Calderón, Alejandro Sánchez López, Daniel Horacio Escudero Contreras y Abraham Sergio Marcos Valdés, quien formuló voto con salvedades. Disidentes: Gonzalo Hernández Cervantes y Alejandro Villagómez Gordillo, quien formuló voto particular. Ponente: Adalberto Eduardo Herrera González. Secretaria: María Liliana Suárez Gasca. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver la queja 317/2019, el sustentado por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver la queja 304/2019, el sustentado por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver la queja 310/2019, y el diverso sustentado por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el incidente de suspensión (revisión) 342/2019.