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I.12o.C.157 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

INTERESES MORATORIOS AL TIPO LEGAL. PROCEDE CONDENAR A SU PAGO CUANDO SE EJERCE LA ACCIÓN CAUSAL, AUNQUE SE HAYAN DEMANDADO A LA TASA CONVENIDA EN EL TÍTULO DE CRÉDITO CUYA ACCIÓN CAMBIARIA PRESCRIBIÓ, SI EN LA RELACIÓN JURÍDICA DE ORIGEN SE OMITIÓ PACTAR TALES RÉDITOS.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 79, Octubre de 2020; Tomo III; Pág. 1828

Precedentes

Amparo directo 548/2019. Cervezas Cuauhtémoc Moctezuma, S.A. de C.V. 10 de octubre de 2019. Mayoría de votos; unanimidad en cuanto al tema contenido en esta tesis. Disidente: Gonzalo Arredondo Jiménez. Ponente: Rómulo Amadeo Figueroa Salmorán. Secretaria: Nancy Michelle Álvarez Díaz Barriga. Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 22/2011 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIV, septiembre de 2011, página 680, con número de registro digital: 161053. Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 56/2024 del índice de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que mediante auto de presidencia del 29 de febrero de 2024 declaró su incompetencia legal para conocer del asunto y ordenó la remisión de los autos al Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, para su conocimiento y resolución. Dicho Pleno Regional mediante acuerdo de presidencia del 5 de abril de 2024 la admitió a trámite con el número de contradicción de criterios 117/2024, y por ejecutoria del 21 de noviembre de 2024 determinó que sí existe contradicción, de la que derivó la tesis de jurisprudencia PR.A.C.CS J/13 C (11a.), de rubro: "ACCIÓN CAUSAL. CUANDO SE DEMANDA COMO PRESTACIÓN, ADEMÁS DEL ADEUDO PRINCIPAL, EL PAGO DE INTERESES MORATORIOS A LA TASA FIJADA EN EL TÍTULO DE CRÉDITO PRESCRITO, SIN QUE ÉSTOS FUERAN PACTADOS EN EL NEGOCIO SUBYACENTE, NO PROCEDE CONDENAR A SU PAGO CON BASE EN LA TASA LEGAL."