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PC.XXV. J/14 L (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoLaboral

TRABAJADORES DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL ESTADO DE DURANGO, ANTE LA FALTA DE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO, SU REMOCIÓN NO GENERA EL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 64 DE LA LEY BUROCRÁTICA LOCAL.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 80, Noviembre de 2020; Tomo II; Pág. 1664

Precedentes

Contradicción de tesis 2/2020. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero, todos del Vigésimo Quinto Circuito. 29 de septiembre de 2020. Mayoría de dos votos de los Magistrados José Dekar de Jesús Arreola (presidente) y Juan Carlos Ríos López. Ausente: Miguel Ángel Cruz Hernández. Disidente: Guillermo David Vázquez Ortiz, quien formuló voto particular. Ponente: Miguel Ángel Cruz Hernández. Encargado del engrose: José Dekar de Jesús Arreola. Secretaria: Saira Roselia Blas Espinoza. Criterios contendientes. El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, al resolver los amparos directos 353/2019 y 594/2018, el sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, al resolver los amparos directos 273/2019 y 371/2019, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, al resolver el amparo directo 671/2018.

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