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V.1o.10 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

SOCIEDAD LEGAL. ES TERCERA EXTRAÑA AL PROCEDIMIENTO LA ESPOSA EN EL JUICIO SEGUIDO CONTRA EL MARIDO. ABANDONO DEL CRITERIO SUSTENTADO POR ESTE PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Junio de 1996; Pág. 947

Precedentes

Amparo en revisión 383/95. Lorena Salido Campa de Padilla. 1o. de febrero de 1996. Mayoría de votos. Ponente: Pablo Domínguez Peregrina. Disidente: Faustino Cervantes León. Secretario: Mauricio Barajas Villa. Amparo en revisión 216/95. Ernestina Foncerrada Peralta. 25 de enero de 1996. Mayoría de votos. Ponente: Pablo Domínguez Peregrina. Disidente: Faustino Cervantes León. Secretario: Gregorio Moisés Durán Alvarez. Amparo en revisión 239/95. Norma Alicia López de Cárdenas. 16 de noviembre de 1995. Mayoría de votos. Ponente: Pablo Domínguez Peregrina. Disidente: Faustino Cervantes León. Secretaria: Carmen Alicia Bustos Carrillo. Notas: Por ejecutoria de fecha 22 de noviembre de 2000, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 35/2000-PS en que participó el presente criterio. Esta tesis contendió en la contradicción de tesis 38/99 resuelta por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión celebrada el dieciséis de mayo de dos mil uno, en la cual se determinó que no existe la contradicción de criterios sustentados por el Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, actualmente Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito y, por la otra, el Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito y por el Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, por el contrario que sí existe contradicción de tesis entre los criterios sustentados por el Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, y por la otra, por el Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito. De esta contradicción de tesis derivó la tesis 1a./J. 82/2001, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, noviembre de 2001, página 23, con el rubro: " SOCIEDAD LEGAL. NO TIENE EL CARÁCTER DE TERCERO EXTRAÑO AL PROCEDIMIENTO UNO DE LOS CÓNYUGES EN EL JUICIO SEGUIDO EN CONTRA DEL OTRO, AUN CUANDO SE EMBARGUEN BIENES COMUNES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SONORA) ."