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PC.I.C.2 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

JUICIO ARBITRAL. SE RIGE POR LOS PRINCIPIOS DE AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD O VOLUNTARIEDAD Y DE MÍNIMA INTERVENCIÓN.

[TA]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 84, Marzo de 2021; Tomo III; Pág. 2549

Precedentes

Contradicción de tesis 22/2019. Entre las sustentadas por el Décimo Segundo y el Décimo Quinto Tribunales Colegiados, ambos en Materia Civil del Primer Circuito. 1 de diciembre de 2020. Mayoría de once votos de los Magistrados Alejandro Villagómez Gordillo, Víctor Francisco Mota Cienfuegos, Walter Arellano Hobelsberger, Fortunata Florentina Silva Vásquez, Fernando Alberto Casasola Mendoza, Ana María Serrano Oseguera, Víctor Hugo Díaz Arellano, Fernando Rangel Ramírez, José Rigoberto Dueñas Calderón, quien formuló voto concurrente, Alejandro Sánchez López y Daniel Horacio Escudero Contreras. Disidentes: Ethel Lizette del Carmen Rodríguez Arcovedo, quien formuló voto particular, Marco Antonio Rodríguez Barajas, Abraham Sergio Marcos Valdés y Gonzalo Arredondo Jiménez. Ponente: Víctor Francisco Mota Cienfuegos. Secretaria: María Estela España García. Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia, pues no contiene el tema de fondo que se resolvió en la contradicción de tesis de la cual deriva. La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 22/2019, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 26 de marzo de 2021 a las 10:29 horas.

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