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PC.XXVII. J/1 K (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún
Registro digital (IUS)
2023783
Clave de tesis
PC.XXVII. J/1 K (11a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
11a. Época
Instancia
Plenos de Circuito
Materia
Común
Fuente
[J]; 11a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Noviembre de 2021; Tomo III ; Pág. 2760
Publicación
2021-11-12

JUICIO POLÍTICO EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO. LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA PREVISTA EN LA FRACCIÓN VII DEL ARTÍCULO 61 DE LA LEY DE AMPARO NO COMPRENDE LOS ACTOS U OMISIONES, PREVIOS O INTERMEDIOS, DE LAS COMISIONES DEL CONGRESO LOCAL QUE NO CONSTITUYAN EL EJERCICIO DE FACULTADES SOBERANAS O DISCRECIONALES.

[J]; 11a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Noviembre de 2021; Tomo III ; Pág. 2760

Precedentes

Contradicción de tesis 7/2019. Entre las sustentadas por el Primer y el Tercer Tribunales Colegiados, ambos del Vigésimo Séptimo Circuito. 25 de mayo de 2021. Unanimidad de tres votos de los Magistrados Gerardo Dávila Gaona (presidente), José Luis Zayas Roldán y Jorge Mercado Mejía. Ponente: José Luis Zayas Roldán. Secretaria: María del Pilar Diez Hidalgo Casanova. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, al resolver la queja 174/2019, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo en revisión 166/2017.

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Registro digital (IUS): 2023783 · Publicación: 2021-11-12