Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
(IV Región)1o.3 K (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO PRESENTADA A TRAVÉS DEL PORTAL DE SERVICIOS EN LÍNEA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. ES IMPROCEDENTE EL JUICIO CUANDO AQUÉLLA CARECE DE LA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (FIREL) DEL QUEJOSO, POR INCUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE INSTANCIA DE PARTE AGRAVIADA, A PESAR DE LAS CIRCUNSTANCIAS EXTRAORDINARIAS DE PANDEMIA QUE PREVALECEN EN EL PAÍS GENERADAS POR EL VIRUS SARS-CoV-2 (COVID-19).

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Enero de 2022; Tomo IV; Pág. 2978

Precedentes

Amparo en revisión 107/2021 (cuaderno auxiliar 465/2021) del índice del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave. 23 de septiembre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretaria: Ana Livia Sánchez Campos. Nota: Los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal 4/2020, relativo a las medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19 y 6/2020, que reforma y adiciona el similar 4/2020 citados, aparecen publicados en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 7 de agosto de 2020 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 77, Tomo VII, agosto de 2020, páginas 6489 y 6502, con números de registro digital: 5483 y 5485, respectivamente.

→ Más tesis en materia común