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XVI.1o.A. J/1 K (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaT.C.C.Común

SUSPENSIÓN DE OFICIO Y DE PLANO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONCEDERLA EN CONTRA DE LA OMISIÓN DE APLICAR LA VACUNA CONTRA EL VIRUS SARS-CoV-2, PARA PREVENIR LA COVID-19, A MENORES DE 12 A 16 AÑOS DE EDAD, AL ACTUALIZARSE EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 126 DE LA LEY DE LA MATERIA.

[J]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 10, Febrero de 2022; Tomo III; Pág. 2404

Precedentes

Queja 148/2021. 13 de septiembre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Emilio Carmona. Secretaria: Gracia Alexandra Muñoz Vilches. Queja 165/2021. 28 de septiembre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Emilio Carmona. Secretario: Misael Esteban López Sandoval. Queja 167/2021. 4 de octubre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Humberto Benítez Pimienta. Secretario: Edgar Martín Gasca de la Peña. Queja 171/2021. 6 de octubre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Emilio Carmona. Secretario: Juan Carlos Nava Garnica. Queja 175/2021. 8 de octubre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Nelson Jacobo Mireles Hernández, secretario de tribunal encargado del despacho en términos del artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretaria: Esthela Guadalupe Arredondo González. Nota: Por ejecutoria del 26 de octubre de 2022, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de criterios 178/2022, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "las diferencias fácticas existentes entre lo resuelto por los tribunales contendientes constituyen aspectos de relevancia que impiden considerar que resolvieron sobre la misma problemática jurídica, en la medida que las diferencias de hecho fueron determinantes para resolver en uno u otro sentido."

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