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2a./J. 61/2022 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Común

RECURSO DE QUEJA EN AMPARO INDIRECTO. NO PROCEDE CONTRA EL AUTO DEL JUZGADOR FEDERAL QUE ORDENA DAR VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO POR LA POSIBLE COMISIÓN DE UNA CONDUCTA DELICTIVA.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Noviembre de 2022; Tomo II; Pág. 2108

Precedentes

Contradicción de criterios 181/2022. Entre los sustentados por el Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito y el Quinto Tribunal Colegiado del Primer Circuito, ambos en Materia Administrativa, y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito. 7 de septiembre de 2022. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Yasmín Esquivel Mossa. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretario: Alejandro Félix González Pérez. Tesis y criterio contendientes: El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, al resolver la queja 64/2006, la cual dio origen a la tesis aislada III.2o.P.197 P, de rubro: "QUEJA. ES IMPROCEDENTE EL RECURSO INTERPUESTO CONTRA EL ACUERDO EN QUE EL JUEZ DE AMPARO ORDENA DAR VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO RESPECTO DE LA CONDUCTA DE ALGUNA DE LAS PARTES QUE ESTIMA DELICTUOSA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIV, agosto de 2006, página 2321, con número de registro digital: 174383; y, El sustentado por el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, al resolver la queja 264/2020. Tesis de jurisprudencia 61/2022 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del cinco de octubre de dos mil veintidós.