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PC.III.A. J/25 A (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa, Común

SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES. LOS ARTÍCULOS 61 Y 62 DE SU REGLAMENTO (ABROGADO), REFORMADOS MEDIANTE ACUERDO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE ABRIL DE 2021, SON NORMAS DE NATURALEZA AUTOAPLICATIVA.

[J]; 11a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 21, Enero de 2023; Tomo V; Pág. 5451

Precedentes

Contradicción de criterios 13/2022. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero, Tercero y Quinto, todos en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 24 de octubre de 2022. Unanimidad de siete votos de la Magistrada Silvia Rocío Pérez Alvarado y de los Magistrados Jesús de Ávila Huerta, quien formuló voto aclaratorio al cual se adhirió la Magistrada Silvia Rocío Pérez Alvarado, René Olvera Gamboa, Jacob Troncoso Ávila, Roberto Charcas León, Oscar Hernández Peraza y Moisés Muñoz Padilla. Ponente: Jacob Troncoso Ávila. Secretario: Paulo Rolando Orozco Gallardo. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver los amparos en revisión 455/2021 y 42/2022, el sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 271/2021, y el diverso sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 331/2021. Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de criterios 13/2022, resuelta por el Pleno en Materia Administrativa del Tercer Circuito.

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