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PC.I.A. J/24 A (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa, Común

PRUEBAS EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. LA ADMISIÓN DE LA PERICIAL EN MATERIA CONTABLE OFRECIDA CONTRA EL OFICIO EMITIDO POR AUTORIDADES DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE), EN CUMPLIMIENTO A UNA SENTENCIA DE NULIDAD Y A LA QUEJA POR DEFECTO, ESTÁ EN EL SUPUESTO DE EXCEPCIÓN PREVISTO EN EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 75 DE LA LEY DE AMPARO.

[J]; 11a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 21, Enero de 2023; Tomo V; Pág. 4743

Precedentes

Contradicción de tesis 4/2022. Entre las sustentadas por el Tercer, el Décimo Octavo y el Décimo Séptimo Tribunales Colegiados, todos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 11 de octubre de 2022. Unanimidad de veintitrés votos de los Magistrados Arturo Iturbe Rivas, Joel Carranco Zúñiga, Alma Delia Aguilar Chávez Nava, José Patricio González Loyola Pérez, María Elena Rosas López, Antonio Campuzano Rodríguez, Francisco García Sandoval, María del Pilar Bolaños Rebollo, Edwin Noé García Baeza, Alfredo Enrique Báez López, José Luis Cruz Álvarez, Óscar Germán Cendejas Gleason, Juan Manuel Díaz Núñez, Emma Gaspar Santana, Irma Leticia Flores Díaz, María Guadalupe Molina Covarrubias, Rolando González Licona, Juan Carlos Cruz Razo, Jesús Alfredo Silva García, Ma. Gabriela Rolón Montaño, Guillermina Coutiño Mata, Rosa González Valdés y Jorge Ojeda Velázquez. Ponente: Ma. Gabriela Rolón Montaño. Secretario: Guillermo González Vega. Criterios contendientes: El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver la queja 98/2021, y el diverso sustentado por el Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver la queja 47/2021. Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 4/2022 resuelta por el Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito.