PR.L.CS. J/13 L (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesLaboral
CONFLICTOS COMPETENCIALES. LA ATRIBUCIÓN POR RAZÓN DE FUERO PARA CONOCER DE LOS SUSCITADOS ENTRE TRIBUNALES LABORALES CORRESPONDE A LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 705 BIS DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 24, Abril de 2023; Tomo III; Pág. 1830
Hechos: Diversos Tribunales Laborales de Asuntos Individuales, tanto federales como locales, consideraron carecer de competencia legal por razón de fuero para conocer de determinados conflictos individuales de trabajo.
Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materia de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México determina que los Tribunales Colegiados de Circuito son los órganos competentes para conocer y resolver de los conflictos competenciales suscitados entre los Tribunales Laborales contemplados en el artículo 705 bis, fracción II, de la Ley Federal de Trabajo.
Justificación: De conformidad con la evolución legislativa de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en particular del artículo 42, fracción IV, así como del análisis sistemático del considerando quinto del Acuerdo General Número 1/2023, de veintiséis de enero de dos mil veintitrés, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a la determinación de los asuntos que el Pleno conservará para su resolución y el envío de los de su competencia originaria a las Salas y a los Tribunales Colegiados de Circuito, en relación con el artículo 12 del diverso Acuerdo General 67/2022, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la competencia, integración, organización y funcionamiento de los Plenos Regionales, deriva que la creación de éstos tuvo entre sus objetivos absorber la carga del Máximo Tribunal del País en la resolución de los conflictos competenciales que eran de su conocimiento, es decir, aquellos suscitados entre Tribunales Colegiados de Circuito. Por otra parte, en el artículo 38, fracción IX, de la ley mencionada en primer término se estableció que los Tribunales Colegiados de Circuito conocerán de los asuntos que expresamente les encomiende la ley; en tal contexto, a través de la reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019, se introdujo el artículo 705 bis, en cuya fracción II se establece que a los Tribunales Colegiados de Circuito les corresponde la atribución para conocer y resolver de los conflictos competenciales suscitados entre Tribunales Laborales, tanto federales como locales, así como entre éstos y otros órganos jurisdiccionales, de lo que resulta que son estos órganos colegiados a los que les corresponde el conocimiento y resolución de tales asuntos y no a los Plenos Regionales, los cuales tienen un ámbito diverso de atribuciones.
PLENO REGIONAL EN MATERIA DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
Precedentes
Conflicto competencial 3/2023. Suscitado entre el Décimo Segundo Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México y el Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de México, con sede en Naucalpan de Juárez. 1 de marzo de 2023. Tres votos de la Magistrada Rosa María Galván Zárate y de los Magistrados Emilio González Santander y José Luis Caballero Rodríguez. Ponente: Magistrada Rosa María Galván Zárate. Secretario: Rodolfo Octavio Moguel Herrera.
Conflicto competencial 6/2023. Suscitado entre el Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México y el Quinto Tribunal Laboral de Asuntos Individuales de la Ciudad de México. 8 de marzo de 2023. Tres votos de la Magistrada Rosa María Galván Zárate y de los Magistrados Emilio González Santander y José Luis Caballero Rodríguez. Ponente: Magistrada Rosa María Galván Zárate. Secretaria: Zahret Adriana Jiménez Arnaud.
Conflicto competencial 8/2023. Suscitado entre el Sexto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México y el Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez. 8 de marzo de 2023. Tres votos de la Magistrada Rosa María Galván Zárate y de los Magistrados Emilio González Santander y José Luis Caballero Rodríguez. Ponente: Magistrado Emilio González Santander. Secretaria: Adriana María Minerva Flores Vargas.
Conflicto competencial 7/2023. Suscitado entre el Quinto Tribunal Laboral de Asuntos Individuales de la Ciudad de México y el Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México. 15 de marzo de 2023. Tres votos de la Magistrada Rosa María Galván Zárate y de los Magistrados Emilio González Santander y José Luis Caballero Rodríguez. Ponente: Magistrado José Luis Caballero Rodríguez. Secretaria: Martha Izalia Miranda Arbona.
Conflicto competencial 9/2023. Suscitado entre el Octavo Tribunal Laboral de Asuntos Individuales de la Ciudad de México y el Séptimo Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México. 15 de marzo de 2023. Tres votos de la Magistrada Rosa María Galván Zárate y de los Magistrados Emilio González Santander y José Luis Caballero Rodríguez. Ponente: Magistrada Rosa María Galván Zárate. Secretario: Jorge Iván Ávila Rivera.
Nota: El Acuerdo General Número 1/2023, de veintiséis de enero de dos mil veintitrés, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a la determinación de los asuntos que el Pleno conservará para su resolución y el envío de los de su competencia originaria a las Salas y a los Tribunales Colegiados de Circuito citado, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 3 de febrero de 2023 a las 10:05 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 22, Tomo IV, febrero de 2023, página 3837, con número de registro digital: 5842.
El Acuerdo General 67/2022, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la competencia, integración, organización y funcionamiento de los Plenos Regionales citado, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 13 de enero de 2023 a las 10:14 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 21, Tomo VII, enero de 2023, página 6943, con número de registro digital: 5835.