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2a./J. 37/2023 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Común

COMPETENCIA POR MATERIA. CORRESPONDE AL JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO CONTRA LA CUANTIFICACIÓN DE UNA PENSIÓN OTORGADA POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 27, Julio de 2023; Tomo II; Pág. 1204

Precedentes

Contradicción de criterios 46/2023. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero, Décimo Tercero y Décimo Séptimo, en Materia Administrativa, y Quinto, Noveno y Décimo Segundo, en Materia de Trabajo, todos del Primer Circuito. 17 de mayo de 2023. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán. Disidente: Luis María Aguilar Morales. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretaria: Illiana Camarillo González. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el conflicto competencial 54/2022, el sustentado por el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el conflicto competencial 43/2022, el sustentado por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el conflicto competencial 7/2022 y el diverso sustentado por el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el conflicto competencial 3/2021. Tesis de jurisprudencia 37/2023 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de siete de junio de dos mil veintitrés. Nota: Las tesis de jurisprudencia 2a./J. 24/2009 y 2a./J. 145/2015 (10a.) citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, marzo de 2009, página 412, y en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 30 de octubre de 2015 a las 11:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 23, Tomo II, octubre de 2015, página 1689, con números de registro digital: 167761 y 2010317, respectivamente.

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