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2a./J. 35/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Laboral

COMPETENCIA POR MATERIA. CORRESPONDE AL JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO CONTRA LA SUSPENSIÓN DE PAGO DE UNA PENSIÓN OTORGADA POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 1162

Precedentes

Contradicción de criterios 103/2025. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Cuarto en Materia Administrativa y Octavo en Materia de Trabajo, ambos del Primer Circuito. 28 de mayo de 2025. Cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Alberto Pérez Dayán, Lenia Batres Guadarrama y Javier Laynez Potisek. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretaria: Selene Villafuerte Alemán. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el conflicto competencial 6/2025, y el diverso sustentado por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el conflicto competencial 12/2025. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 24/2009 citada, aparece publicada con el rubro: "COMPETENCIA POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO ESPECIALIZADOS. DEBE DETERMINARSE ATENDIENDO A LA NATURALEZA DEL ACTO RECLAMADO Y DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE, Y NO A LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN O AGRAVIOS FORMULADOS.", en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, marzo de 2009, página 412, con número de registro digital: 167761. Tesis de jurisprudencia 35/2025 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de dos de julio de dos mil veinticinco.

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