Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
XXI.2o.C.T.20 L (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común, Laboral

SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL LAUDO EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO. PARA DETERMINAR LA CANTIDAD MÍNIMA PARA LA SUBSISTENCIA DEL TRABAJADOR POR LA QUE NO SE CONCEDERÁ, DEBE TOMARSE EN CUENTA EL SALARIO BRUTO, MENOS EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR).

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 29, Septiembre de 2023; Tomo V; Pág. 5722

Precedentes

Queja 193/2022. Francisco Javier Chavarría Montes. 13 de diciembre de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretaria: Karla Gabriela Castañón Flores. Nota: Por ejecutoria del 31 de enero de 2024, el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México declaró sin materia la contradicción de criterios 164/2023, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que el problema jurídico fue resuelto el 10 de enero de 2024 en la diversa contradicción 157/2023 de ese Pleno Regional, de la que derivó la tesis de jurisprudencia PR.L.CS. J/67 L (11a.), de rubro: "SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO LABORAL. EL MONTO NECESARIO PARA ASEGURAR LA SUBSISTENCIA DE LA PARTE TRABAJADORA ES SUSCEPTIBLE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA AL MOMENTO DE SU PAGO."

→ Más tesis en materia común