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PR.P.CN. J/16 P (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesComún, Penal

MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN ADSCRITO A UN JUZGADO DE DISTRITO. TIENE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN CONTRA LA SENTENCIA QUE CONCEDE EL AMPARO POR VIOLACIÓN A LA HERRAMIENTA DE ORALIDAD EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO, AL AFECTAR EL INTERÉS PÚBLICO QUE LE CORRESPONDE DEFENDER.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 29, Septiembre de 2023; Tomo IV; Pág. 3867

Precedentes

Contradicción de criterios 56/2023. Entre los sustentados por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito y el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila de Zaragoza, en auxilio del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito. 10 de agosto de 2023. Tres votos de la Magistrada Emma Meza Fonseca y de los Magistrados Samuel Meraz Lares (presidente) y Héctor Lara González. Ponente: Magistrada Emma Meza Fonseca. Secretarios: Denis Reyes Huerta y Martín Muñoz Ortiz. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo en revisión 314/2022, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila de Zaragoza, al resolver el amparo en revisión 283/2021 (cuaderno auxiliar 82/2022).