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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de criterios 55/2023, resuelta por el Pleno Regional en Materia Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en Guadalajara, Jalisco.

PR.C.CS. J/12 C (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesCivil
Registro digital (IUS)
2027436
Clave de tesis
PR.C.CS. J/12 C (11a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
11a. Época
Instancia
Plenos Regionales
Materia
Civil
Fuente
[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 30, Octubre de 2023; Tomo III; Pág. 3458
Publicación
2023-10-13

DOCUMENTO FUNDATORIO DE LA ACCIÓN EN JUICIO MERCANTIL. SU FALTA DE PRESENTACIÓN CON LA DEMANDA, SEGÚN LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1061, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO DE COMERCIO, NO ORIGINA LA IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN Y QUE SE DEJEN A SALVO LOS DERECHOS DE LA PARTE DEMANDANTE, SINO QUE SE DECIDA SI ESTÁ PROBADA LA ACCIÓN.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 30, Octubre de 2023; Tomo III; Pág. 3458

Precedentes

Contradicción de criterios 55/2023. Entre los sustentados por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, en auxilio del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito. 17 de agosto de 2023. Tres votos de la Magistrada Martha Leticia Muro Arellano y de los Magistrados Héctor Martínez Flores y Cuauhtémoc Cuéllar de Luna. Ponente: Magistrada Martha Leticia Muro Arellano. Secretario: José Luis Vázquez López. Tesis y criterio contendientes: El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 3089/2001, el cual dio origen a la tesis aislada I.9o.C.63 C, de rubro: "DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN EN EL PROCEDIMIENTO MERCANTIL. CONSECUENCIAS DE SU NO EXHIBICIÓN (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 1061, FRACCIONES III Y IV, DEL CÓDIGO DE COMERCIO).", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, julio de 2002, página 1288, con número de registro digital: 186592; y El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, al resolver el amparo directo 470/2022 (cuaderno auxiliar 797/2022). Nota: Esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de criterios 55/2023, resuelta por el Pleno Regional en Materia Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en Guadalajara, Jalisco.

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Registro digital (IUS): 2027436 · Publicación: 2023-10-13