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PR.L.CN. J/17 L (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesLaboral

PRINCIPIO DE ADQUISICIÓN PROCESAL EN MATERIA BUROCRÁTICA. TIENE COMO PREMISA FUNDAMENTAL QUE LA PRUEBA SEA PREVIAMENTE OFRECIDA Y LEGALMENTE ADMITIDA POR LA AUTORIDAD LABORAL PARA QUE PUEDA BENEFICIAR A CUALQUIERA DE LAS PARTES EN JUICIO, CON INDEPENDENCIA DE QUIÉN LA HAYA OFRECIDO (LEY LABORAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE TLAXCALA Y SUS MUNICIPIOS, Y LEGISLACIONES BUROCRÁTICAS SIMILARES DE DISTINTOS ESTADOS).

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 33, Enero de 2024; Tomo IV; Pág. 4235

Precedentes

Contradicción de criterios 35/2023. Entre los sustentados por el Primer y el Segundo Tribunales Colegiados, ambos del Vigésimo Octavo Circuito. 18 de octubre de 2023. Mayoría de dos votos de los Magistrados Jorge Toss Capistrán, quien formuló voto concurrente y Guillermo Vázquez Martínez. Disidente: Magistrada María Enriqueta Fernández Haggar, quien formuló voto particular. Ponente: Magistrado Jorge Toss Capistrán. Secretario: Raúl Huerta Beltrán. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, al resolver el amparo directo 434/2022, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, al resolver el amparo directo 410/2022.

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