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XVII.2o.4 P (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal

REAPERTURA DE LA INVESTIGACIÓN COMPLEMENTARIA EN EL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO. LA RESOLUCIÓN QUE LA NIEGA NO ES UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Febrero de 2024; Tomo V; Pág. 4697

Precedentes

Amparo en revisión 125/2023. 15 de noviembre de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: María Guadalupe Contreras Jurado. Secretario: Gerardo González Torres. Nota: La parte conducente de la sentencia relativa a la contradicción de tesis 6/2021 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 3 de diciembre de 2021 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 8, Tomo II, diciembre de 2021, página 1286, con número de registro digital: 30258.