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I.5o.C.178 C (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Civil

CONVENIO DE MEDIACIÓN. LOS ACTOS EMITIDOS EN LA VÍA DE APREMIO, DERIVADOS DE SU EJECUCIÓN, DEBEN CONSIDERARSE EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA PARA EFECTOS DEL AMPARO (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 45, Enero de 2025; Tomo I, Volumen 1; Pág. 185

Precedentes

Queja 456/2023. Banco Mercantil del Norte, S.A., I.B.M., Grupo Financiero Banorte. Unanimidad de votos. 19 de enero de 2024. Ponente: Emma Rivera Contreras, secretaria de tribunal autorizada por el Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada, en términos del artículo 30 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 174, párrafo segundo, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la Carrera Judicial. Secretaria: Daniela del Carmen Suárez de los Santos.

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