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PR.CRT. J/1 A (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesAdministrativa, Común

IMPROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO. SE ACTUALIZA DE FORMA MANIFIESTA E INDUDABLE CUANDO SE RECLAMA EL CITATORIO PARA DECLARAR EN UN PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE PRÁCTICAS MONOPÓLICAS.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 45, Enero de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 354

Precedentes

Contradicción de criterios 2/2024. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República. 28 de mayo de 2024. Tres votos de los Magistrados Alejandro Villagómez Gordillo, Francisco García Sandoval y Carlos Alberto Zerpa Durán. Ponente: Magistrado Carlos Alberto Zerpa Durán. Secretaria: Ana Cristina Corrales Aguirre. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, al resolver la queja 168/2023 y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, al resolver la queja 181/2023.

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