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VII.1o.C.17 C (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Civil, Común

EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA EN MATERIA MERCANTIL. ES PROCEDENTE EL AMPARO DIRECTO CONTRA LA RESOLUCIÓN INTERLOCUTORIA QUE LA DECLARA FUNDADA.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 45, Enero de 2025; Tomo III, Volumen 1; Pág. 77

Precedentes

Amparo directo 691/2022. 18 de abril de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Huesca Ballesteros, secretario de tribunal autorizado por el Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 174, párrafo segundo, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la carrera judicial, en relación con el diverso 30 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretario: Andrés Alberto Cobos Zamudio.

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