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1a. XVII/2025 (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

AUTORIZACIÓN PARA LA SIEMBRA Y CULTIVO DE CÁÑAMO CON FINES INDUSTRIALES. LOS REQUISITOS IMPUESTOS POR LA COFEPRIS DEBEN SER RAZONABLES Y AJUSTADOS A LAS NECESIDADES ESPECÍFICAS DEL SOLICITANTE.

[TA]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 49, Mayo de 2025; Tomo I, Volumen 1; Pág. 667

Precedentes

Recurso de inconformidad previsto en las fracciones I a III del artículo 201 de la Ley de Amparo 5/2024. 4 de diciembre de 2024. Mayoría de tres votos de los Ministros y la Ministra Loretta Ortiz Ahlf, Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Disidentes: Ana Margarita Ríos Farjat y Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien reservó su derecho para formular voto particular y se manifestó en contra de la publicación de la tesis porque el asunto del que deriva es un recurso de inconformidad que tiene por objeto analizar si se cumplió, o no, la ejecutoria de amparo y, en la tesis se abordaron cuestiones de fondo. Ponente: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretario: Juan Luis Hernández Macías.

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