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(V Región)4o.4 C (12a.)Tesis Aislada12a. ÉpocaT.C.C.Civil

CONTRATO DE SEGURO. CUANDO SE DEMANDA SU CUMPLIMIENTO COMO OBJETO PRINCIPAL DEL JUICIO, NO ES UN ELEMENTO DE LA ACCIÓN QUE LA PARTE ACTORA DEMUESTRE EN CANTIDAD LÍQUIDA EL MONTO DE LOS DAÑOS DEL BIEN AMPARADO.

[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 5, Enero de 2026; Tomo V, Volumen 1; Pág. 941

Precedentes

Amparo directo 283/2024 (cuaderno auxiliar 612/2025) del índice del Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito, con apoyo del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Los Mochis, Sinaloa. 16 de octubre de 2025. Unanimidad de votos de los Magistrados Juan Carlos Esper Félix, Víctor Manuel Soto Montenegro y Alejandro Apodaca Borboa. Ponente: Víctor Manuel Soto Montenegro. Secretario: Omar López Palafox.

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