Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PR.A.C.CS. J/4 A (12a.)Jurisprudencia12a. ÉpocaPlenos RegionalesAdministrativa

PERSONAS INTEGRANTES DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO PREVENCIÓN Y REINSERCIÓN SOCIAL. EL RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 123, APARTADO B, FRACCIÓN XIII, CONSTITUCIONAL, ES APLICABLE SÓLO A LAS QUE REALIZAN FUNCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PERTENECEN A LA CARRERA POLICIAL.

[J]; 12a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Marzo de 2026; Tomo IV, Volumen 2; Pág. 1175

Precedentes

Contradicción de criterios 98/2025. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero y Séptimo en Materia Administrativa, ambos del Tercer Circuito. 28 de enero de 2026. Mayoría de votos de las Magistradas Mariana Flores Vega y Diana Elda Pérez Medina. Disidente: Jorge Alberto Orantes López. Ponente: Mariana Flores Vega. Secretario: Moisés Israel Flores Pacheco. Tesis y/o criterios contendientes: El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver los amparos directos 18/2023, 260/2023 y 163/2024, los cuales dieron origen a la tesis de jurisprudencia III.1o.A. J/15 A (11a.), de rubro: "COMPETENCIA POR MATERIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS SUSCITADOS ENTRE EL PERSONAL DE LOS CENTROS FEDERALES DE READAPTACIÓN SOCIAL Y EL ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO PREVENCIÓN Y READAPTACIÓN SOCIAL, CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS. CORRESPONDE AL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 20 de junio de 2025 a las 10:26 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 50, junio de 2025, Tomo III, Volumen 2, página 1494, con número de registro digital: 2030565, y El sustentado por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 339/2024. Nota: La parte considerativa de la sentencia relativa a la contradicción de tesis 93/2012 y la tesis de jurisprudencia 2a./J. 67/2012 (10a.), de rubro: "TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES. NO ESTÁN SUJETOS AL RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN DE DERECHOS PREVISTO EN EL ARTÍCULO 123, APARTADO B, FRACCIÓN XIII, CONSTITUCIONAL, POR LO QUE LA RELACIÓN QUE MANTIENEN CON AQUÉLLAS ES DE NATURALEZA LABORAL." citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XI, Tomo 1, agosto de 2012, páginas 922 y 957, con números de registro digital: 23781 y 2001527, respectivamente.

→ Más tesis en materia administrativa