Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2032065

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 84/2026, pendiente de resolverse por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 110/2026, pendiente de resolverse por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

VIII.3o.P.A.2 K (12a.)Tesis Aislada12a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
2032065
Clave de tesis
VIII.3o.P.A.2 K (12a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
12a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Abril de 2026; Tomo III, Volumen 1; Pág. 681
Publicación
2026-04-24

SUPLETORIEDAD DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES. ES IMPROCEDENTE EN EL ÁMBITO FEDERAL HASTA EN TANTO NO INICIE SU VIGENCIA, CONFORME AL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDIÓ EL CITADO CÓDIGO.

[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Abril de 2026; Tomo III, Volumen 1; Pág. 681

Precedentes

Amparo directo 14/2025. 11 de diciembre de 2025. Unanimidad de votos de las personas Magistradas Miguel Negrete García, Jazmín Ramos Cortez y Francisco Alberto Santamaría Ibarra. Ponente: Miguel Negrete García. Secretario: Alejandro Alonso Vázquez Alonso. Nota: Esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 84/2026, pendiente de resolverse por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 110/2026, pendiente de resolverse por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia común

Registro digital (IUS): 2032065 · Publicación: 2026-04-24