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P./J. 68/2026 (12a.)Jurisprudencia12a. ÉpocaS.C.J.N.Penal
Registro digital (IUS)
2032104
Clave de tesis
P./J. 68/2026 (12a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
12a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Penal
Fuente
[J]; 12a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Mayo de 2026; Tomo I, Volumen 1; Pág. 120
Publicación
2026-05-08

PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS. EL ARTÍCULO 139 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES QUE ESTABLECE SU TEMPORALIDAD ES CONSTITUCIONAL.

[J]; 12a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Mayo de 2026; Tomo I, Volumen 1; Pág. 120

Precedentes

Amparo en revisión 393/2025. 26 de enero de 2026. Mayoría de siete votos de las personas Ministras Sara Irene Herrerías Guerra, Irving Espinosa Betanzo, María Estela Ríos González quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Yasmín Esquivel Mossa, Giovanni Azael Figueroa Mejía, Arístides Rodrigo Guerrero García y Presidente Hugo Aguilar Ortiz quien anunció voto concurrente. Disidente: Lenia Batres Guadarrama quien formuló voto particular. Ausente: Loretta Ortiz Ahlf. Ponente. Yasmín Esquivel Mossa. Secretario: Juan Velarde Bernal. El Comité de Revisión, Aprobación y Numeración de Tesis, en sesión de diecisiete de abril de dos mil veintiséis, y las personas Ministras que integran el Pleno de este Tribunal, aprobaron, con el número 68/2026 (12a.), la tesis jurisprudencial que antecede. Ciudad de México a treinta de abril de dos mil veintiséis.

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Registro digital (IUS): 2032104 · Publicación: 2026-05-08