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P./J. 137/2026 (12a.)Jurisprudencia12a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

FUSIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES. EL ARTÍCULO 224 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES NO VULNERA EL DERECHO DE ASOCIACIÓN.

[J]; 12a. Época; Pleno; Semanario Judicial de la Federación

Precedentes

Amparo en revisión 50/2025. 7 de enero de 2026. Unanimidad de ocho votos de las personas Ministras Sara Irene Herrerías Guerra, Irving Espinosa Betanzo, María Estela Ríos González, quien se separa de la metodología y formuló voto concurrente, Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama, quien se separa de la metodología, Loretta Ortiz Ahlf; Giovanni Azael Figueroa Mejía y Presidente Hugo Aguilar Ortiz, con consideraciones distintas que inciden en el tema de la tesis y reservó su derecho para formular voto concurrente. Ausente: Arístides Rodrigo Guerrero García. Ponente: Loretta Ortiz Ahlf. Secretariado: Carlos Adrián López Sánchez y Alicia Martínez González. El Comité de Revisión, Aprobación y Numeración de Tesis, en sesión de cinco de junio de dos mil veintiséis, y las personas Ministras que integran el Pleno de este Tribunal, aprobaron, con el número 137/2026 (12a.), la tesis jurisprudencial que antecede. Ciudad de México a diecisiete de junio de dos mil veintiséis.

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