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VII.2o.T.17 L (12a.)Tesis Aislada12a. ÉpocaT.C.C.Laboral

VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN EN EL JUICIO LABORAL. RESULTA IMPROCEDENTE ORDENARLA POR LA SIMPLE APRECIACIÓN O SOSPECHA DE LA AUTORIDAD RESPECTO DE UNA POSIBLE FALTA DE BUENA FE PROCESAL QUE PUDIERA SER CONSTITUTIVA DE UN DELITO.

[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación

Precedentes

Amparo directo 881/2025. 26 de febrero de 2026. Unanimidad de votos de los Magistrados Adolfo Eduardo Serrano Ruiz, Jorge Toss Capistrán y Juan Carlos Moreno Correa. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Renato de Jesús Martínez Lemus. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 48/2026 del índice del Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, el que mediante ejecutoria del 2 de julio de 2026 declaró su incompetencia legal para conocer del asunto y ordenó su remisión al Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, para su conocimiento y resolución.

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