II.1o.C.T.14 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
PLENARIO DE POSESION. NO PROCEDE LA RESTITUCION DE UNA FRACCION DE TERRENO, SI NO SE ESPECIFICAN EN LA DEMANDA, MEDIDAS Y COLINDANCIAS DE LA PARTE RECLAMADA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Octubre de 1995; Pág. 596
Es improcedente la restitución de una fracción de terreno, si en el libelo de demanda, no se especifican medidas y colindancias, para estar en posibilidad de ubicar e identificar la superficie reclamada, como comprendida dentro del inmueble del demandado, pues debe comprobarse, que se encuentre incluido en el área de donde deriva.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 49/95. Enrique Moreno Vázquez. 7 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretaria: Elizabeth Serrato Guisa.