X.1o.4 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
ACTO RECLAMADO, CESAN LOS EFECTOS DEL, CUANDO SE TRATA DE UNA ORDEN DE APREHENSION Y SE DECRETA LIBERTAD POR FALTA DE ELEMENTOS PARA PROCESAR EN FAVOR DEL INCULPADO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 449
Sólo puede considerarse que han cesado los efectos del acto reclamado, cuando cumplimentada una orden de aprehensión, se decreta auto de libertad por falta de elementos para procesar en favor del inculpado, ya que al decretarse dicha libertad, se constituyó una situación jurídica que definitivamente destruyó a la que dio motivo al amparo, como lo es la orden de captura reclamada, pues con esta nueva situación se repuso al quejoso en el goce de sus garantías individuales violadas, y siendo así, se actualiza la causal de improcedencia prevista en la
fracción XVI del artículo 73 de la Ley de Amparo
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PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 141/95. Aurelio Escalante Naranjo. 15 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Leonardo Rodríguez Bastar. Secretaria: María Dolores Olarte Ruvalcaba.