VI.2o.4 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
RECONOCIMIENTO Y TITULACION DE BIENES COMUNALES. ILEGALIDAD DE LA RESOLUCION PRESIDENCIAL, CUANDO DENTRO DE LA SUPERFICIE RESPECTIVA SE ENCUENTRAN ENCLAVADOS PREDIOS DE LOS QUEJOSOS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Junio de 1995; Pág. 520
Si los quejosos demostraron con sus títulos debidamente legalizados e inscritos en el Registro Público de la Propiedad en fechas anteriores a la de inicio del procedimiento de reconocimiento y titulación de bienes comunales, que les asiste el derecho de propiedad sobre determinados predios, y con la prueba pericial que éstos se encuentran enclavados dentro de la superficie reconocida y titulada al poblado tercero perjudicado, es suficiente para considerar ilegal la resolución presidencial reclamada, en la que se establece que no existen pequeñas propiedades enclavadas dentro de la superficie reconocida y titulada; sin que sea obstáculo, el hecho de que los quejosos no hayan acreditado que sus causantes eran propietarios de los inmuebles que adquirieron, pues tal circunstancia podría en todo caso ser motivo de nulidad de sus títulos, pero tal cuestión no corresponde declararla en el juicio de garantías, sino que los interesados tendrían que invocarla primeramente ante un juez civil.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 445/94. José Luis Sánchez Domínguez y otros. 19 de abril de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.