- Ley
- REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 57
Artículo 57 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes 15 días naturales desde que ocurre una falta cívica para poder denunciarla o presentar una queja. Si no lo haces dentro de ese plazo, pierdes el derecho a reclamar. Los días naturales son todos los del calendario, incluyendo fines de semana y festivos. Esto aplica para infracciones como ruido, basura o peleas en la calle.
Texto oficial
Artículo 57. El derecho a ejercer la acción por una probable comisión de una infracción cívica prescribe en quince días naturales a partir del día en que hayan ocurrido los hechos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.