LEY DE INGRESOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1El gobierno de la Ciudad de México ya tiene calculado cuánto dinero va a recibir durante el año 2025. En total, espera juntar más de 291 mil millones de pesos, principalmente de los impuestos que pagamos todos, como el predial (por ser dueño de una casa o terreno), el de nóminas (lo que pagan los negocios por sus empleados) y otros como el de hospedaje o por tener un carro. También incluye lo que cobra por servicios como el agua, el registro de tu auto, las licencias de manejo, las multas de tránsito o hasta el uso de grúas. En pocas palabras, este artículo es como el presupuesto de ingresos que la ciudad espera recibir el próximo año para poder funcionar.
- Art. 2Aquí está la explicación en lenguaje sencillo: La Jefa de Gobierno de la Ciudad de México puede pedir prestados hasta 3,500 millones de pesos durante el 2025, pero solo para pagar obras públicas que ya estén aprobadas en el presupuesto de la ciudad. Ese dinero solo se puede usar en proyectos que generen más ingresos para el gobierno o beneficien directamente a la gente, como carreteras, hospitales o escuelas. Además, si ya tienen deudas viejas, pueden pedir nuevos préstamos para pagar esas deudas anteriores y así refinanciarlas. Todo esto lo tienen que hacer siguiendo las reglas del gobierno federal, y el dinero solo se va soltando conforme avancen las obras, no antes.
- Art. 3Si debes pagar una deuda con el gobierno en abonos (ya sea a meses o en una fecha posterior) durante 2025, te van a cobrar un extra del 2% mensual solo sobre el monto original de la deuda, sin contar multas o intereses. El gobierno puede bajar ese 2% si lo compara con otras dos fórmulas y aplica la que dé un número más alto. Una fórmula usa la tasa de interés bancaria (TIIE) multiplicada por 1.5, le resta la inflación y lo divide entre 12; la otra suma 8 puntos a esa misma tasa, también le resta la inflación y lo divide entre 12. La dependencia encargada hará las cuentas cada mes y publicará la tasa que toque pagar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
- Art. 4Toda la lana que se junte por los cobros que dice esta ley, como impuestos o multas, se va a ir directo a la Tesorería de la Ciudad de México, sin excepción, a menos que el Código Fiscal de la Ciudad diga otra cosa. Ese dinero, sin importar cómo se haya pagado o de qué tipo sea, tiene que aparecer tanto en los libros de la Tesorería como en la Cuenta Pública de la Ciudad, que es como el recuento oficial de gastos e ingresos del gobierno. Así que no puede haber billetes escondidos ni dinero fuera del registro.
- Art. 5La plata que sobra de presupuestos de años pasados se considera como ingresos nuevos y se usa siguiendo reglas de disciplina financiera y de austeridad. El Jefe de Gobierno de la CDMX tiene que entregar un reporte al Congreso sobre ese dinero sobrante. Ese informe debe incluir de dónde salió la lana por trimestre, cuánto es, por qué sobró, cómo se ha manejado en los últimos 4 años y cómo está el fondo de estabilización presupuestal de la ciudad.
- Art. 6Este artículo dice que ninguna otra ley, regla o disposición puede dar descuentos, exenciones o tratos especiales en impuestos locales de la Ciudad de México, a menos que esté permitido específicamente en el Código Fiscal de la Ciudad, la Ley de Austeridad o en esta misma ley. O sea, si una regla de otro lugar dice que una persona o empresa no debe pagar cierto impuesto o que pague menos, esa regla no aplica. Solo cuentan las excepciones que vienen en las leyes mencionadas.
- Art. 7El artículo 7 básicamente dice que, a partir de 2025, las multas, impuestos y tarifas por servicios que estaban vigentes en diciembre de 2024 en la Ciudad de México van a subir, como mínimo, un 4.74%. Esto aplica siempre y cuando no haya otra regla que diga lo contrario. Sin embargo, si al hacer el aumento sale una cantidad muy complicada de pagar (por ejemplo, con muchos centavos), pueden redondearla para que sea más fácil de cobrar o pagar. En resumen, prepárate para que los costos de trámites y multas suban un poquito, pero andarán ajustados para que sean cantidades sencillas.
- Art. 8El dinero extra que las Alcaldías reciben por el aumento de impuestos que dice el artículo 158 del Código Fiscal de la CDMX debe ir directo a un fondo especial llamado "Fondo Adicional de Financiamiento de las Alcaldías". Eso significa que ningún gobierno local puede gastarlo en otra cosa, solo en ese fondo. Es como si te dieran un bono y estuvieras obligado a guardarlo en una alcancía específica para usarlo después en mejoras de tu colonia. La ley les prohíbe a las Alcaldías desviar ese dinero a otros rubros, así que todo se junta para obras y servicios de la comunidad.
- Art. 9Cada tres meses, la persona que gobierna la Ciudad de México debe entregar al Congreso un informe, y en ese informe tiene que incluir una sección llamada "Gastos Fiscales". Ahí debe explicar qué programas o acuerdos se usaron para perdonar, reducir o facilitar el pago de impuestos y deudas con el gobierno. En esa sección debe decir, por ejemplo, cuánto dinero dejó de recibir el gobierno por esos beneficios, a cuántos contribuyentes benefició, a qué sectores ayudó y qué impuestos o deudas fueron los que perdonaron o redujeron. Esto aplica tanto para impuestos que están en el Código Fiscal de la Ciudad como en otras leyes locales. Por cierto, esta regla comienza a aplicarse a partir del 1 de enero de 2025.
- Art. 45Esto aplica si te atrasas en pagar impuestos en la CDMX durante 2025. Si pagas tu deuda dentro de los primeros 12 meses, te cobrarán un extra del 0.42% cada mes. Si tardas entre 12 y 24 meses, el cargo mensual sube al 0.67%, y si pasas de 24 meses, será del 0.83% mensual. Además, cualquier recargo por indemnización se calcula usando una fórmula especial que toma en cuenta el índice de inflación (INPC) de los últimos dos años. En pocas palabras, mientras más tardes en pagar, más caro te sale cada mes de retraso.