- Ley
- REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 12
Artículo 12 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando entres a algún proceso de admisión, van a revisar que cumplas con todos los requisitos que marca el artículo 18 de este reglamento y lo que pide la convocatoria. Todo esto se hará sin favoritismos, de manera justa y dando las mismas oportunidades a todos los participantes.
Texto oficial
Artículo 12. En el ingreso se verificará el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 18 de este Reglamento y la convocatoria respectiva, con apego a criterios de imparcialidad, objetividad e igualdad de oportunidades.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.