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Ley
REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
19

Artículo 19 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás en el proceso para entrar a trabajar en la Fiscalía General, puedes renunciar cuando quieras, sin importar en qué paso de la convocatoria te encuentres. Eso significa que si ya no te interesa o no puedes seguir, nomás avisas y te sales. Una vez que terminen las evaluaciones, los nombres de los que pasaron se van a publicar tal como lo dice la convocatoria. Así que estate atento a las fechas y medios que anunciaron para saber si quedaste.

Texto oficial

Artículo 19. Los aspirantes y candidatos a ingresar a la Fiscalía General, podrán renunciar al proceso voluntariamente, en cualquier etapa de la convocatoria en que se encuentren. Los resultados de los aspirantes o candidatos aprobados se darán a conocer conforme a lo establecido en la Convocatoria correspondiente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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